Por tradición, se dice que el municipio es el gobierno más
cercano a la gente. En este ámbito existe una natural interacción entre las
autoridades y la sociedad civil, esta última es la destinaria de los bienes y
servicios que, por disposición constitucional y legal, presta el municipio.
Pero no nada más los ciudadanos son receptores pasivos de
las acciones de gobierno, sino que en la dinámica social y política se generan
tensiones entre los grupos y actores que luchan por imponer sus propios intereses
en la agenda pública.
Se ha observado que, por ejemplo, en Xalapa, Veracruz existe una gran
demanda de construcción de obra pública. Los comités que se forman para gestionar
que su calle sea pavimentada o las guarniciones y banquetas o la introducción
del drenaje, entre otras necesidades sociales básicas, buscan –en cada
ejercicio presupuestal- que éstas sean incorporadas o tomadas en cuenta en el
programa anual.
Muchas de estas peticiones no son consideradas pese a
que durante años se han integrado sendos expedientes que cumplen con todos los
requisitos legales previos a la ejecución de los proyectos.
Entonces, muchos vecinos se preguntan ¿por qué mi gestión no
ha sido incluida en el presupuesto municipal si
cumple desde hace años con todos y cada uno de los requisitos legales para su
ejecución, además de que es necesaria y de beneficio social?
Frente a la pregunta no hay respuestas convincentes por
parte de las autoridades municipales, sino que surgen nuevas interrogantes:
¿por qué las autoridades municipales no tienen capacidad para sustentar sus
respuestas negativas de obra?
Una primera respuesta inmediata a la demanda es la que se
refiere a la limitación de recursos. Pero esta respuesta no es suficiente. El
problema planteado tiene más bien que ver con la Planeación de las obras
públicas y en sí, de la Planeación del Desarrollo.
Desde la Planeación es necesario incorporar el elemento de
la Participación Ciudadana. La ciudadanía debe ser parte en elaboración de los
Planes y Programas, ya sea a través de los foros, consultas públicas o
encuestas, en las que se reflejen las necesidades de la sociedad.
Pero también es necesario que estos planes sean validados,
monitoreados y evaluados por la propia sociedad a través de los mecanismos que
para tal efecto se encuentran contemplados en las leyes. Tal es el caso del
Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN), establecido en
el artículo 191 de la Ley Orgánica del Municipio Libre.
En Xalapa, durante la presente administración, este Consejo
no ha sido integrado. Por lo que esta importante función dentro de la
planeación del desarrollo se ha dejado de ejercer. Pero el asunto no sólo se
limita a la capital del estado, sino que según estudio elaborado por el Órgano
de Fiscalización Superior del Estado (ORFIS), ningún municipio del estado ha
integrado esta figura jurídica.
Otro mecanismo de participación ciudadana considerado en la
ley, es la contraloría social. Este mecanismo, aunque tiene mucho que ver con
la vigilancia en la ejecución de la obra, también tiene facultades para
participar en los procesos de adjudicación de la obra pública.
Dos aspectos resaltan de los Comités de Contraloría Social
en el municipio de Xalapa: Uno, es el proceso de elección de sus integrantes y
el otro, es el acceso a la información de la obra. Enseguida se explican estos
aspectos.
La elección de los integrantes de los Comités se hace en
asamblea comunitaria. En esa asamblea se elige al Presidente, Tesorero y
Secretario de manera democrática. En el proceso de elección, la autoridad
municipal sólo se limita a observar y reconocer la legitimidad del Comité. Sin
embargo, en los hechos se ha observado que hay funcionarios municipales que
directamente nombran a estos comités, lo que trae consecuentemente la falta de credibilidad
de los mismos.
El otro aspecto es el acceso a la información de la obra por
parte de los integrantes del comité de contraloría social. En innumerables
ocasiones los vecinos beneficiados se quejan que el Ayuntamiento no les
proporciona la información básica y de forma sencilla de la obra en ejecución,
información que se puede reducir al nombre, su costo, fechas de inicio y
término, cantidad en metros cuadrados y el tipo de material a utilizar, nombre
del contratista, entre otros. Sin esta información básica los comités carecen
de los insumos que le permitan verificar que se está ejecutando correctamente
el proyecto.
El otro mecanismo de participación ciudadana es el Consejo
de Desarrollo Municipal, que es el órgano de planeación, evaluación y manejo de
los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal (Ramo 033), en
el cual el municipio de Xalapa está ejerciendo -durante el 2013- la cantidad de
107.7 millones de pesos con los que se financian la mayor parte de la obra
pública. Esta información se puede corroborar en los portales de transparencia
del Ayuntamiento y del ORFIS.
Es cierto que Xalapa es uno de los municipios del estado que
tiene reglamentado este Consejo, pero igual no existe transparencia en la
información sobre cómo se elige e integra este Consejo, qué criterios utiliza el
organismo para asignar las obras públicas, no se sabe si éstas se encuentran
vinculadas con el Plan Municipal de Desarrollo y el fundamento o los estudios
en que se sustenta la elección del lugar en las que se va a ejecutar la obra, los
criterios de equidad territorial, entre otros.
En suma, este organismo integrado por los Ediles y los
representantes sociales -que deberían ser electos democráticamente en asambleas
generales de barrios, colonias y comunidades rurales-, carece de transparencia
desde su constitución, sus programas de trabajo, las sesiones realizadas, el
tratamiento que le dan a las propuestas recibidas de la ciudadanía, y demás.
Otra de las formas de participación ciudadana son los
llamados observatorios ciudadanos. En Xalapa no han funcionado, aunque hay que
recalcar que la Universidad Veracruzana actualmente está operando uno
especializado en finanzas públicas. Pero en sí, no existe uno especializado en
materia municipal, pese a que éstos se encuentran considerados en las reglas de
operación de los programas federales, como Hábitat o el de rescate de los
espacios públicos, que son programas sociales que operan los municipios en
coordinación con el gobierno federal.
REFLEXIONES:
No se trata de descubrir
“el hilo negro” de la participación ciudadana. Los mecanismos
participativos ya existen en diferentes leyes, reglamentos municipales y reglas
de operación de programas federales. Sólo basta que las autoridades y
servidores públicos las apliquen correctamente, sin sesgos.
El arribo de una nueva administración pública, que entra en
funciones a partir del primero de enero de 2014, representa una nueva
oportunidad de los ciudadanos y del propio gobierno para generar una nueva
gobernanza local y, como consecuencia, una gobernabilidad democrática fundada
en la capacidad directiva para resolver las principales demandas de la
ciudadanía.
Esta capacidad directiva es una de los principales
cuestionamientos a las autoridades locales. Parafraseando a Luis F. Aguilar: no
está en cuestión la legitimidad de las autoridades, sino lo que ahora se
cuestiona –ante el movimiento de la nueva gestión pública- es su capacidad
directiva y su competencia técnica, gerencial y política; en suma, su capacidad
de enfrentar y dar respuesta a las demandas sociales.
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