Veracruz frente a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial: entre el rezago legislativo, motocicletas, alcoholímetros y la urgencia de armonización

Por Rosalino Guillén Cordero

Han pasado más de tres años desde que se publicó la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, el 17 de mayo de 2022, y a la fecha once entidades federativas siguen sin armonizar sus leyes locales, incumpliendo un mandato constitucional que busca garantizar el derecho humano a la movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad, igualdad y sostenibilidad. Una de esas entidades rezagadas es Veracruz.

El caso de Veracruz es preocupante, no solo por la omisión legal, sino por las condiciones reales que vive el estado en las calles: un crecimiento desbordado en el uso de motocicletas, regulación ambigua para el transporte de carga urbano, límites de velocidad obsoletos, criterios imprecisos para alcoholimetría, así como una infraestructura tecnológica subutilizada para la gestión del tránsito. La armonización no es solo un requisito normativo: es una acción urgente de política pública que puede salvar vidas.

Actualmente, la legislación estatal sigue anclada en la Ley de Tránsito y Seguridad Vial de 2015 y su reglamento, que responden a una visión vehicular, punitiva y desarticulada, lejos de los estándares modernos de movilidad. En octubre de 2023 se llevó a cabo un foro de consulta pública para la elaboración de una nueva Ley de Movilidad Estatal, impulsado por la Comisión Veracruzana de Mejora Regulatoria. En ese espacio se recogieron propuestas valiosas de distintos sectores: transportistas, ciclistas, universidades, empresarios y ciudadanos. Sin embargo, la iniciativa no se ha traducido aún en una propuesta formal o en reformas concretas que materialicen el mandato federal.

Durante el foro se discutieron temas sensibles como los cobros excesivos por servicios de grúa, la falta de reconocimiento estatal a las licencias de conducir federales en operativos locales, los horarios y rutas para el transporte de carga, y la ausencia de coordinación efectiva entre municipios y el estado. Todos estos aspectos permanecen sin resolver en la ley actual.

Uno de los puntos críticos que refleja la urgencia de una reforma profunda es el crecimiento exponencial del uso de motocicletas, sobre todo en zonas urbanas y suburbanas. En muchas ciudades veracruzanas, este vehículo se ha convertido en una alternativa de transporte ante la falta de rutas eficientes o asequibles de transporte público. Sin embargo, esta expansión se ha dado sin regulación efectiva. La Ley General de Movilidad exige que los estados desarrollen políticas diferenciadas para motociclistas, incluyendo la obligatoriedad del casco, límites específicos de alcoholemia y protocolos de licenciamiento y formación. En Veracruz, estas disposiciones aún no están implementadas de forma coherente, lo que ha derivado en un número creciente de siniestros viales con consecuencias graves o fatales.

Otra problemática urgente es la falta de claridad normativa en torno a los horarios y condiciones de circulación del transporte de carga en zonas urbanas. El Reglamento de Tránsito del Estado, en sus artículos 118 a 124, establece horarios según dimensiones y pesos, pero también deja abierta la posibilidad de que la autoridad los modifique discrecionalmente. Esta ambigüedad legal ha dado lugar a abusos, genera inseguridad jurídica entre transportistas y afecta la movilidad urbana, sobre todo en horarios de alta afluencia peatonal y escolar. Una nueva ley debe establecer con precisión los criterios técnicos, los mecanismos de coordinación con los municipios y las herramientas de transparencia para la definición de horarios y rutas.


En el ámbito de la prevención de siniestros por consumo de alcohol, Veracruz también presenta un desfase normativo preocupante. Mientras que la Ley General de Movilidad establece un límite máximo de 0.25 miligramos por litro de alcohol en aire espirado para conductores en general, 0.10 mg/L para conductores noveles, 0.01 mg/L para motociclistas, y 0.00 mg/L para transporte público y de carga, el reglamento veracruzano vigente aún permite hasta 0.40 mg/L para conductores particulares. Este margen no solo es excesivo, sino que contraviene los estándares internacionales y pone en riesgo la vida de peatones, ciclistas y otros usuarios vulnerables de las vías. Además, muchos municipios con tránsito municipalizado carecen de protocolos homologados para la aplicación de pruebas de alcoholemia.

Un tema adicional que exige atención es el de los límites de velocidad. La Ley General establece que en zonas escolares o hospitalarias no se debe superar los 20 kilómetros por hora, mientras que en avenidas primarias se fija un máximo de 50 km/h y en carreteras estatales, 80 km/h. El reglamento veracruzano, por el contrario, permite velocidades de hasta 80 km/h en avenidas urbanas e incluso establece mínimos de 60 km/h en ciertas vialidades, lo que contradice principios básicos de seguridad vial. Esta disparidad normativa impide la adopción de infraestructura segura, dificulta la señalización adecuada y reduce la capacidad de control preventivo por parte de las autoridades.

Finalmente, aunque la Ley estatal vigente contempla el uso de tecnologías para la prevención y captación de infracciones —según lo establecido en sus artículos 15 y 23—, la realidad es que estas herramientas no se han implementado de forma eficaz. En teoría, el estado podría valerse de cámaras, sensores, aplicaciones móviles y plataformas digitales para registrar infracciones, gestionar pagos y proporcionar evidencia al ciudadano. Sin embargo, en la práctica, el uso de estas tecnologías ha sido escaso, opaco o completamente ausente.

Durante la administración pasada se anunció la creación de un aplicativo para el cobro de infracciones mediante terminal bancaria, lo cual habría agilizado procesos, reducido el contacto físico con autoridades y mejorado la transparencia. Pero este proyecto no fue implementado. La falta de seguimiento institucional y la resistencia al cambio tecnológico siguen siendo barreras que limitan la eficiencia del sistema.

En conclusión, Veracruz necesita con urgencia una nueva Ley de Movilidad y Seguridad Vial, moderna, integral y armonizada con la legislación federal. Esta nueva norma debe pasar del enfoque centrado en el automóvil al enfoque centrado en las personas. Debe priorizar la vida, la inclusión, la equidad y la sostenibilidad, y estar basada en evidencia científica y participación ciudadana.

El Congreso del Estado tiene la oportunidad —y la responsabilidad histórica— de impulsar una transformación estructural en el modelo de movilidad. Esta reforma no debe postergarse más. Las muertes por siniestros viales no son accidentes inevitables, son consecuencias de políticas públicas omisas o mal diseñadas. Armonizar la ley estatal no es solo cumplir con un mandato federal; es cumplir con el deber elemental de proteger la vida de quienes transitan por Veracruz cada día.

https://directrizlegal.com.mx 

Comentarios

Entradas populares de este blog

Infracciones de tránsito en Veracruz 2025: guía completa y práctica

El Poder de las Grúas: Cómo la Asistencia Vial Salva Vidas y Transforma Carreteras en México (Parte 1)

5 años como Subdirector de Tránsito en Veracruz: Lecciones de Políticas Públicas y Seguridad Vial